DON JUAN CARLOS I, REY DE
ESPAÑA, a todos los que la presente vieren y entendieren,
SABED que las Cortes han
aprobado y el pueblo español ratificado la siguiente
Constitucion:chanroblesvirtuallawlibrary
PREAMBULO
La Nacion española,
deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover
el bien de cuantos la integran, en uso de su soberania, proclama su
voluntad
de: Garantizar la convivencia democratica dentro de la Constitucion y
de
las leyes conforme a un orden economico y social justo.chanrobles virtualawlibrary
Consolidar un Estado de Derecho
que asegure el imperio de la ley como expresion de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles
y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus
culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la
cultura y de la economia para asegurar a todos una digna calidad de
vida.
Establecer una sociedad democratica
avanzada, y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones
pacificas
y de eficaz cooperacion entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes
aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente Constitucion.
TITULO PRELIMINAR
Articulo 1o.chanrobles virtualawlibrary
1. España se constituye
en un Estado social y democratico de Derecho, que propugna como valores
superiores de su ordenamiento juridico la libertad, la justicia, la
igualdad
y el pluralismo politico.
2. La soberania nacional
reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del
Estado.
3. La forma politica del
Estado español es la Monarquia parlamentaria.
Articulo 2o.
La Constitucion se
fundamenta
en la indisoluble unidad de la Nacion española, patria comun e
indivisible
de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la
autonomia
de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre
todas ellas.
Articulo 3o.
1. El castellano es de
lengua
española oficial del Estado. Todos los españoles tienen
el
deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demas lenguas españolas
seran tambien oficiales en las respectivas Comunidades Autonomas de
acuerdo
con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas
modalidades linguisticas de España es un patrimonio cultural que
sera objeto de especial respeto y proteccion.
Articulo 4o.
1. La bandera de
España
esta formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja,
siendo
la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
2. Los Estatutos podran reconocer
banderas y enseñas propias de las Comunidades Autonomas. Estas
se
utilizaran junto a la bandera de España en sus edificios
publicos
y en sus actos oficiales.
Articulo 5o.
La capital del Estado es
la villa de Madrid.
Articulo 6o.
Los partidos politicos
expresan
el pluralismo politico, concurren a la formacion y manifestacion de la
voluntad popular y son instrumento fundamental para la participacion
politica.
Su creacion y el ejercicio de su actividad son libres dentro del
respeto
a la Constitucion y a la ley. Su estructura interna y funcionamieto
deberan
ser democraticos.
Articulo 7o.
Los sindicatos de
trabajadores
y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promocion
de
los intereses economicos y sociales que les son propios. Su creacion y
el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la
Constitucion
y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberan ser
democraticos.
Articulo 8o.
1. Las Fuerzas Armadas,
constituidas por el Ejercito de Tierra, la Armada y el Ejercito del
Aire,
tienen como mision garantizar la soberania e independencia de
España,
defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
2. Una ley organica regulara
las bases de la organizacion militar conforme a los principios de la
presente
Constitucion.
Articulo 9o.
1. Los ciudadanos y los
poderes publicos estan sujetos a la Constitucion y al resto del
ordenamiento
juridico.
2. Corresponde a los poderes
publicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad
del
individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas;
remover
los obstaculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participacion
de todos los ciudadanos en la vida politica, economica, cultural y
social.
3. La Constitucion garantiza
el principio de legalidad, la jerarquia normativa, la publicidad de las
normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no
favorables
o restrictivas de derechos individuales, la seguridad juridica, la
responsabilidad
y la interdiccion de la arbitrariedad de los poderes publicos.
TITULO PRIMERO
DE LOS DERECHOS Y
DEBERES
FUNDAMENTALES
Articulo 10
1. La dignidad de la
persona,
los derechos inviolables que le son iñerentes, el libre
desarrollo
de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demas
son
fundamento del orden politico y de la paz social.chanrobles virtualawlibrary
2. Las normas relativas a
los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitucion
reconoce
se interpretaran de conformidad con la Declaracion Universal de
Derechos
Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas
materias
ratificados por España.
CAPITULO PRIMERODE LOS
ESPAÑOLES
Y LOS EXTRANJEROS
Articulo 11
1. La nacionalidad
española
se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por
la ley.chanrobles virtualawlibrary
2. Ningun español
de origen podra ser privado de su nacionalidad.
3. El Estado podra concertar
tratados de doble nacionalidad con los paises iberoamericanos o con
aquellos
que hayan tenido o tengan una particular vinculacion con España.
En estos mismos paises, aun
cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho reciproco, podran
naturalizarse
los españoles sin perder su nacionalidad de origen.
Articulo 12
Los españoles son
mayores de edad a los dieciocho años.
Articulo 13
1. Los extranjeros gozaran
en España de las libertades publicas que garantiza el presente
titulo
en los terminos que establezcan los tratados y la ley.
2. Solamente los españoles
seran titulares de los derechos reconocidos en el articulo 23, salvo lo
que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por
tratado
o ley para el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales.
3. La extradicion solo se
concedera en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al
principio
de reciprocidad.
Quedan excluidos de la extradicion
los delitos politicos, no considerandose como tales los actos de
terrorismo.
4. La ley establecera los
terminos en que los ciudadanos de otros paises y los apatridas podran
gozar
del derecho de asilo en España.
CAPITULO SEGUNDO
DERECHOS Y
LIBERTADES
Articulo 14
Los españoles son
iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminacion alguna por
razon de nacimiento, raza, sexo, religion, opinion o cualquier otra
condicion
o circunstancia personal o social.
SECCION PRIMERA
De los derechos
fundamentales
y de las libertades publicas.
Articulo 15
Todos tienen derecho a la
vida y a la integridad fisica y moral, sin que, en ningun caso, puedan
ser sometidos a tortura ni a penas o tratos iñumanos o
degradantes.
Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes
penales militares para tiempos de guerra.
Articulo 16
1. Se garantiza la
libertad
ideologica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades
sin
mas limitacion, en sus manifestaciones, que la necesaria para el
mantenimiento
del orden publico protegido por la ley.chanrobles virtualawlibrary
2. Nadie podra ser obligado
a declarar sobre su ideologia, religion o creencias.
3. Ninguna confesion tendra
caracter estatal. Los poderes publicos tendran en cuenta las creencias
religiosas de la sociedad española y mantendran las
consiguientes
relaciones de cooperacion con la Iglesia Catolica y las demas
confesiones.
Articulo 17
1. Toda persona tiene
derecho
a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad,
sino con la observancia de lo establecido en este articulo y en los
casos
y en la forma previstos en la ley.
2. La detencion preventiva
no podra durar mas del tiempo estrictamente necesario para la
realizacion
de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en
todo caso, en el plazo maximo de setenta y dos horas, el detenido
debera
ser puesto en libertad o a disposicion de la autoridad judicial.
3. Toda persona detenida
debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea
comprensible,
de sus derechos y de las razones de su detencion, no pudiendo ser
obligada
a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las
diligencias
policiales y judiciales, en los terminos que la ley establezca.
4. La ley regulara un procedimiento
de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposicion
judicial
de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinara
el plazo maximo de duracion de la prision provisional.
Articulo 18
1. Se garantiza el derecho
al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable.
Ninguna entrada o registro podra hacerse en el sin consentimiento del
titular
o resolucion judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto
de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegraficas y
telefonicas,
salvo resolucion judicial.
4. La ley limitara el uso
de la informatica para garantizar el honor y la intimidad personal y
familiar
de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Articulo 19
Los españoles
tienen
derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el
territorio
nacional.
Asimismo, tienen derecho
a entrar y salir libremente de España en los terminos que la ley
establezca. Este derecho no podra ser limitado por motivos politicos o
ideologicos.
Articulo 20
1. Se reconocen y protegen
los derechos:chanroblesvirtuallawlibrary
a) A expresar y difundir
libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el
escrito o cualquier otro medio de reproduccion.b) A la produccion y
creacion
literaria, artistica, cientifica y tecnica.
c) A la libertad de
catedra.
d) A comunicar o
recibir
libremente informacion veraz por cualquier medio de difusion. La ley
regulara
el derecho a la clausula de conciencia y al secreto profesional en el
ejercicio
de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos
no puede restringirse mediante ningun tipo de censura previa.chanrobles virtualawlibrary
3. La ley regulara la organizacion
y el control parlamentario de los medios de comunicacion social
dependientes
del Estado o de cualquier ente publico y garantizara el acceso a dichos
medios de los grupos sociales y politicos significativos, respetando el
pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen
su limite en el respeto a los derechos reconocidos en este Titulo, en
los
preceptos de las leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el
derecho
al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la proteccion de la
juventud
y de la infancia. 5. Solo podra acordarse el secuestro de
publicaciones,
grabaciones y otros medios de informacion en virtud de resolucion
judicial.
Articulo 21
1. Se reconoce el derecho
de reunion pacifica y sin armas. El ejercicio de este derecho no
necesitara
autorizacion previa.
2. En los casos de reuniones
en lugares de transito publico y manifestaciones se dara comunicacion
previa
a la autoridad, que solo podra prohibirlas cuando existan razones
fundadas
de alteracion del orden publico, con peligro para personas o bienes.
Articulo 22
1. Se reconoce el derecho
de asociacion.
2. Las asociaciones que persigan
fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
3. Las asociaciones constituidas
al amparo de este articulo deberan inscribirse en un registro a los
solos
efectos de publicidad.
4. Las asociaciones solo
podran ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de
resolucion
judicial motivada.
5. Se prohiben las asociaciones
secretas y las de caracter paramilitar.
Articulo 23
1. Los ciudadanos tienen
el derecho a participar en los asuntos publicos directamente o por
medio
de representantes, libremente elegidos en elecciones periodicas por
sufragio
universal.
2. Asimismo, tienen derecho
a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos publicos,
con los requisitos que señalen las leyes.
Articulo 24
1. Todas las personas
tienen
derecho a obtener la tutela efectiva de los que jueces y tribunales en
el ejercicio de sus derechos e intereses legitimos, sin que, en ningun
caso, pueda producirse indefension.
2. Asimismo, todos tienen
derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a
la
asistencia de letrado, a ser informados de la acusacion formulada
contra
ellos, a un proceso publico sin dilaciones indebidas y con todas las
garantias,
a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no
declarar
contra si mismos, a no confesarse culpables y a la presuncion de
inocencia.
La ley regulara los casos
en que, por razon de parentesco o de secreto profesional, no se estara
obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
Articulo 25
1. Nadie puede ser
condenado
o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse
no
constituyan delito, falta o infraccion administrativa, segun la
legislacion
vigente en aquel momento.
2. Las penas privativas de
libertad y las medidas de seguridad estaran orientadas hacia la
reeducacion
y reinsercion social y no podran consistir en trabajos forzados.
El condenado a pena de prision
que estuviere cumpliendo la misma gozara de los derechos fundamentales
de este Capitulo, a excepcion de los que se vean expresamente limitados
por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley
penitenciaria. En todo caso, tendra derecho a un trabajo remunerado y a
los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, asi como al
acceso
a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
3. La Administracion civil
no podra imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen
privacion
de libertad.
Articulo 26
Se prohiben los Tribunales
de Honor en el ambito de la Administracion civil y de las
organizaciones
profesionales.
Articulo 27
1. Todos tienen el derecho
a la educacion. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educacion tendra por
objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a
los
principios democraticos de convivencia y a los derechos y libertades
fundamentales.
3. Los poderes publicos garantizan
el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la
formacion
religiosa y moral que este de acuerdo con sus propias convicciones.
4. La enseñanza basica
es obligatoria y gratuita.
5. Los poderes publicos garantizan
el derecho de todos a la educacion, mediante una programacion general
de
la enseñanza, con participacion efectiva de todos los sectores
afectados
y la creacion de centros docentes.
6. Se reconoce a las personas
fisicas y juridicas la libertad de creacion de centros docentes, dentro
del respeto a los principios constitucionales.
7. Los profesores, los padres
y, en su caso, los alumnos intervendran en el control y gestion de
todos
los centros sostenidos por la Administracion con fondos publicos, en
los
terminos que la ley establezca.
8. Los poderes publicos inspeccionaran
y homolagaran el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de
las
leyes.
9. Los poderes publicos ayudaran
a los centros docentes que reunan los requisitos que la ley establezca.
10. Se reconoce la autonomia
de las Universidades en los terminos que la ley establezca.
Articulo 28
1. Todos tienen derecho
a sindicarse libremente, La ley podra limitar o exceptuar el ejercicio
de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demas
Cuerpos
sometidos a disciplina militar y regulara las peculiaridades de su
ejercicio
para los funcionarios publicos. La libertad sindical comprende el
derecho
a fundar sindicatos y a afiliarse al de su eleccion, asi como el
derecho
de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones
sindicales
internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podra ser obligado a
afiliarse
a un sindicato.
2. Se reconoce el derecho
a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La
ley
que regule el ejercicio de este derecho establecera las garantias
precisas
para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la
comunidad.
Articulo 29
1. Todos los
españoles
tendran el derecho de peticion individual y colectiva por escrito, en
la
forma y con los efectos que determine la ley.
2. Los miembros de las Fuerzas
o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar
podran
ejercer este derecho solo individualmente y con arreglo a lo dispuesto
en su legislacion especifica.
SECCION SEGUNDA
De los derechos y
deberes
de los ciudadanos
Articulo 30
1. Los españoles
tienen el derecho y el deber de defender a España.chanrobles virtualawlibrary
2. La ley fijara las obligaciones
militares de los españoles y regulara, con las debidas
garantias,
la objecion de conciencia, asi como las demas causas de exencion del
servicio
militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestacion
social
sustitutoria.
3. Podra establecerse un
servicio civil para el cumplimiento de fines de interes general.
4. Mediante ley podran regularse
los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catastrofe
o calamidad publica.
Articulo 31
1. Todos contribuiran al
sostenimiento de los gastos publicos de acuerdo con su capacidad
economica
mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de
igualdad
y progresividad que, en ningun caso, tendra alcance confiscatorio.
2. El gasto publico realizara
una asignacion equitativa de los recursos publicos y su programacion y
ejecucion responderan a los criterios de eficiencia y economia.
3. Solo podran establecerse
prestaciones personales o patrimoniales de caracter publico con arreglo
a la ley.
Articulo 32
1. El hombre y la mujer
tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad juridica.
2. La ley regulara las formas
de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y
deberes
de los conyuges, las causas de separacion y disolucion y sus efectos.
Articulo 33
1. Se reconoce el derecho
a la propiedad privada y a la herencia.
2. La funcion social de estos
derechos delimitara su contenido, de acuerdo con las leyes.
3. Nadie podra ser privado
de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad publica
o interes social, mediante la correspondiente indemnizacion y de
conformidad
con lo dispuesto por las leyes.
Articulo 34
1. Se reconoce el derecho
de fundacion para fines de interes general, con arreglo a la ley.
2. Regira tambien para las
fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del articulo 22.
Articulo 35
1. Todos los
españoles
tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre
eleccion
de profesion u oficio, a la promocion a traves del trabajo y a una
remuneracion
suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que
en ningun caso pueda hacerse discriminacion por razon de sexo.
2. La ley regulara un estatuto
de los trabajadores.
Articulo 36
La ley regulara las
peculiaridades
propias del regimen juridico de los Colegios Profesionales y el
ejercicio
de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento
de los Colegios deberan ser democraticos.
Articulo 37
1. La ley garantizara el
derecho a la negociacion colectiva laboral entre los representantes de
los trabajadores y empresarios, asi como la fuerza vinculante de los
convenios.
2. Se reconoce el derecho
de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto
colectivo.
La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las
limitaciones
que pueda establecer, incluira las garantias precisas para asegurar el
funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Articulo 38
Se reconoce la libertad
de empresa en el marco de la economia de mercado. Los poderes publicos
garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de
acuerdo con las exigencias de la economia general y, en su caso, de la
planificacion.
CAPITULO TERCERO
DE LOS PRINCIPIOS
RECTORESDE LA POLITICA
SOCIAL
Y ECONOMICA
Articulo 39
1. Los poderes publicos
aseguran la proteccion social, economica y juridica de la familia.chanrobles virtualawlibrary
2. Los poderes publicos aseguran,
asimismo, la proteccion integral de los hijos, iguales estos ante la
ley
con independencia de su filiacion y de la madre, cualquiera que sea su
estado civil. La ley posibilitara la investigacion de la paternidad.
3. Los padres deben prestar
asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del
matrimonio,
durante su minoria de edad y en los demas casos en que legalmente
proceda.
4. Los niños gozaran
de la proteccion prevista en los acuerdos internacionales que velan por
sus derechos.
Articulo 40
1. Los poderes publicos
promoveran las condiciones favorables para el progreso social y
economico
y para una distribucion de la renta regional y personal mas equitativa,
en el marco de una politica de estabilidad economica.
De manera especial realizaran
una politica orientada al pleno empleo.
2. Asimismo, los poderes
publicos fomentaran una politica que garantice la formacion y
readaptacion
profesionales; velaran por la seguridad e higiene en el trabajo y
garantizaran
el descanso necesario, mediante la limitacion de la jornada laboral,
las
vacaciones periodicas retribuidas y la promocion de centros adecuados.
Articulo 41
Los poderes publicos
mantendran
un regimen publico de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que
garantice
la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de
necesidad,
especialmente en caso de desempleo.
La asistencia y prestaciones
complementarias seran libres.
Articulo 42
El Estado velara
especialmente
por la salvaguardia de los derechos economicos y sociales de los
trabajadores
españoles en el extranjero, y orientara su politica hacia su
retorno.
Articulo 43
1. Se reconoce el derecho
a la proteccion de la salud.
2. Complete a los poderes
publicos organizar y tutelar la salud publica a traves de medidas
preventivas
y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecera los
derechos
y deberes de todos al respecto.
3. Los poderes publicos fomentaran
la educacion sanitaria, la educacion fisica y el deporte. Asimismo
facilitaran
la adecuada utilizacion del ocio.
Articulo 44
1. Los poderes publicos
promoveran y tutelaran el acceso a la cultura, a la que todos tienen
derecho.
2. Los poderes publicos promoveran
la ciencia y la investigacion cientifica y tecnica en beneficio del
interes
general.
Articulo 45
1. Todos tienen el derecho
a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la
persona,
asi como el deber de conservarlo.
2. Los poderes publicos velaran
por la utilizacion racional de todos los recursos naturales, con el fin
de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el
medio
ambiente, apoyandose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo
dispuesto en el apartado anterior, en los terminos que la ley fije se
estableceran
sanciones penales o, en su caso, administrativas, asi como la
obligacion
de reparar el daño causado.
Articulo 46
Los poderes publicos
garantizaran
la conservacion y promoveran el enriquecimiento del patrimonio
historico,
cultural y artistico de los pueblos de España y de los bienes
que
lo integran, cualquiera que sea su regimen juridico y su titularidad.
La
ley penal sancionara los atentados contra este patrimonio.
Articulo 47
Todos los españoles
tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los
poderes
publicos promoveran las condiciones necesarias y estableceran las
normas
pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilizacion
del suelo de acuerdo con el interes general para impedir la
especulacion.
La comunidad participara
en las plusvalias que genere la accion urbanistica de los entes
publicos.
Articulo 48
Los poderes publicos
promoveran
las condiciones para la participacion libre y eficaz de la juventud en
el desarrollo politico, social, economico y cultural.
Articulo 49
Los poderes publicos
realizaran
una politica de prevision, tratamiento, rehabilitacion e integracion de
los disminuidos fisicos, sensoriales y psiquicos, a los que prestaran
la
atencion especializada que requieran y los ampararan especialmente para
el disfrute de los derechos que este Titulo otorga a todos los
ciudadanos.
Articulo 50
Los poderes publicos
garantizaran,
mediante pensiones adecuadas y periodicamente actualizadas, la
suficiencia
economica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con
independencia
de las obligaciones familiares, promoveran su bienestar mediante un
sistema
de servicios sociales que atenderan sus problemas especificos de salud,
vivienda, cultura y ocio.
Articulo 51
1. Los poderes publicos
garantizaran la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo,
mediante
procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legitimos
intereses
economicos de los mismos.
2. Los poderes publicos promoveran
la informacion y la educacion de los consumidores y usuarios,
fomentaran
sus organizaciones y oiran a estas en las cuestiones que puedan afectar
a aquellos, en los terminos que la ley establezca.
3. En el marco de lo dispuesto
por los apartados anteriores, la ley regulara el comercio interior y el
regimen de autorizacion de productos comerciales.
Articulo 52
La ley regulara las
organizaciones
profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses economicos
que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberan
ser
democraticos.
CAPITULO CUARTO
DE LAS GARANTIAS
DE
LAS LIBERTADESY DERECHOS
FUNDAMENTALES
Articulo 53
1. Los derechos y
libertades
reconocidos en el Capitulo II del presente Titulo vinculan a todos los
poderes publicos.chanrobles virtualawlibrary
Solo por ley, que en todo
caso debera respetar su contenido esencial, podra regularse el
ejercicio
de tales derechos y libertades que se tutelaran de acuerdo con lo
previsto
en el articulo 161,1 a).
2. Cualquier ciudadano podra
recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el
articulo
14 y la Seccion primera del Capitulo II ante los Tribunales ordinarios
por un procedimiento basado en los principios de preferencia y
sumariedad
y, en su caso, a traves del recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional.
Esta ultimo recurso sera aplicable a la objecion de conciencia
reconocida
en el articulo 30.
3. El reconocimiento, el
respeto y la proteccion de los principios reconocidos en el Capitulo
III,
informara la legislacion positiva, la practica judicial y la actuacion
de los poderes publicos. Solo podran ser alegados ante la Jurisdiccion
ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Articulo 54
Una ley organica regulara
la institucion del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las
Cortes
Generales, designado por estas para la defensa de los derechos
comprendidos
en este Titulo, a cuyo efecto podra supervisar la actividad de la
Administracion,
dando cuenta a las Cortes Generales.
CAPITULO QUINTO
DE LA SUSPENSION
DE
LOS DERECHOS Y LIBERTADES
Articulo 55
1. Los derechos
reconocidos
en los articulos 17, 18, apartados 2 y 3; articulos 19, 20, apartados
1,
a) y d), y 5, articulos 21, 28, apartado 2, y articulo 37, apartado 2,
podran ser suspendidos cuando se acuerde la declaracion del estado de
excepcion
o de sitio en los terminos previstos en la Constitucion. Se exceptua de
lo establecido anteriormente el apartado 3 del articulo 17 para el
supuesto
de declaracion de estado de excepcion.chanrobles virtualawlibrary
2. Una ley organica podra
determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con
la
necesaria intervencion judicial y el adecuado control parlamentario,
los
derechos reconocidos en los articulos 17, apartado 2, y 18, apartados 2
y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relacion con
las investigaciones correspondientes a la actuacion de bandas armadas o
elementos terroristas.
La utilizacion injustificada
o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley organica producira
responsabilidad penal, como violacion de los derechos y libertades
reconocidos
por las leyes.
TITULO IIDE LA CORONA
Articulo 56
1. El Rey es el Jefe del
Estado, simbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el
funcionamiento
regular de las instituciones, asume la mas alta representacion del
Estado
Español en las relaciones internacionales, especialmente con las
naciones de su comunidad historica, y ejerce las funciones que le
atribuyen
expresamente la Constitucion y las leyes.chanrobles virtualawlibrary
2. Su titulo es el de Rey
de España y podra utilizar los demas que correspondan a la
Corona.
3. La persona del Rey es
inviolable y no esta sujeta a responsabilidad. Sus actos estaran
siempre
refrendados en la forma establecida en el articulo 64, careciendo de
validez
sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el articulo 65,2.
Articulo 57
1. La Corona de
España
es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbon,
legitimo
heredero de la dinastia historica. La sucesion en el trono seguira el
orden
regular de primogenitura y representacion, siendo preferida siempre la
linea anterior a las posteriores; en la misma linea, el grado mas
proximo
al mas remoto; en el mismo grado, el varon a la mujer, y en el mismo
sexo,
la persona de mas edad a la de menos.
2. El Principe heredero,
desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el
llamamiento,
tendra la dignidad de Principe de Asturias y los demas titulos
vinculados
tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
3. Extinguidas todas las
lineas llamadas en derecho, las Cortes Generales proveeran a la
sucesion
en la Corona en la forma que mas convenga a los intereses de
España.
4. Aquellas personas que
teniendo derecho a la sucesion en el trono contrajeren matrimonio
contra
la expresa prohibicion del Rey y de las Cortes Generales, quedaran
excluidas
en la sucesion a la Corona por si y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias
y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de
sucesion
a la Corona se resolveran por una ley organica.
Articulo 58
La Reina consorte o el
consorte
de la Reina no podran asumir funciones constitucionales, salvo lo
dispuesto
para la Regencia.
Articulo 59
1. Cuando el Rey fuere
menor
de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente
mayor
de edad mas proximo a suceder en la Corona, segun el orden establecido
en la Constitucion, entrara a ejercer inmediatamente la Regencia y la
ejercera
durante el tiempo de la minoria de edad del Rey.
2. Si el Rey se iñabilitare
para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida
por
las Cortes Generales, entrara a ejercer inmediatamente la Regencia el
Principe
heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se
procedera
de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Principe
heredero
alcance la mayoria de edad.
3. Si no hubiere ninguna
persona a quien corresponda la Regencia, esta sera nombrada por las
Cortes
Generales, y se compondra de una, tres o cinco personas.
4. Para ejercer la Regencia
es preciso ser español y mayor de edad.
5. La Regencia se ejercera
por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Articulo 60
1. Sera tutor del Rey
menor
la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto,
siempre
que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese
nombrado, sera tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos.
En su defecto, lo nombraran las Cortes Generales, pero no podran
acumularse
los cargos de Regente y de autor sino en el padre, madre o ascendientes
directos del Rey.
2. El ejercicio de la tutela
es tambien incompatible con el de todo cargo o representacion politica.
Articulo 61
1. El Rey, al ser
proclamado
ante las Cortes Generales, prestara juramento de desempeñar
fielmente
sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitucion y las leyes y
respetar
los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autonomas.
2. El Principe heredero,
al alcanzar la mayoria de edad, y el Regente o Regentes al hacerse
cargo
de sus funciones, prestaran el mismo juramento, asi como el de
fidelidad
al Rey.
Articulo 62
Corresponde al Rey:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Sancionar y promulgar
las leyes.b) Convovar y
disolver las
Cortes Generales y convocar elecciones en los terminos previstos en la
Constitucion.
c) Convocar a
referendum
en los casos previstos en la Constitucion.
d) Proponer el
candidato
a Presidente del Gobierno, y en su caso, nombrarlo, asi como poner fin
a sus funciones en los terminos previstos en la Constitucion.
e) Nombrar y separar
a los
miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
f) Expedir los
decretos acordados
en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y
conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g) Ser informado de
los asuntos
de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de
Ministros,
cuando lo estime oportuno, a peticion del Presidente de Gobierno.
h) El mando supremo
de las
Fuerzas Armadas.
i) Ejercer el derecho
de
gracia con arreglo a la ley, que no podra autorizar indultos generales.
j) El Alto Patronazgo
de
las Reales Academias.
Articulo 63
1. El Rey acredita a los
embajadores y otros representantes diplomaticos. Los representantes
extranjeros
en España estan acreditados ante el.chanrobles virtualawlibrary
2. Al Rey corresponde manifestar
el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por
medio
de tratados, de conformidad con la Constitucion y las leyes.
3. Al Rey corresponde, previa
autorizacion de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Articulo 64
1. Los actos del Rey seran
refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los
Ministros
competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del
Gobierno,
y la disolucion prevista en el articulo 99, seran refrendados por el
Presidente
del Congreso.
2. De los actos del Rey seran
responsables las personas que los refrenden.
Articulo 65
1. El Rey recibe de los
Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su
familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva
libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
TITULO III
DE LAS CORTES
GENERALESCAPITULO PRIMERO
DE
LAS CAMARAS
Articulo 66
1. Las Cortes Generales
representan al pueblo español y estan formadas por el Congreso
de
los Diputados y el Senado.chanrobles virtualawlibrary
2. Las Cortes Generales ejercen
la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos,
controlan
la accion del Gobierno y tienen las demas competencias que les atribuya
la Constitucion.
3. Las Cortes Generales son
inviolables.
Articulo 67
1. Nadie podra ser miembro
de las dos Camaras simultaneamente, ni acumular el acta de una Asamblea
de Comunidad Autonoma con la de Diputado al Congreso.
2. Los miembros de las Cortes
Generales no estaran ligados por mandato imperativo.
3. Las reuniones de Parlamentarios
que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularan a las
Camaras
y no podran ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.
Articulo 68
1. El Congreso se compone
de un minimo de 300 y de un maximo de 400 Diputados, elegidos por
sufragio
universal, libre, igual, directo y secreto, en los terminos que
establezca
la ley.
2. La circunscripcion electoral
es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estaran
representadas
cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuira el numero total
de
Diputados, asignando una representacion minima inicial a cada
circunscripcion
y distribuyendo los demas en proporcion a la poblacion.
3. La eleccion se verificara
en cada circunscripcion atendiendo a criterios de representacion
proporcional.
4. El Congreso es elegido
por cuatro años, El mandato de los Diputados termina cuatro
años
despues de su eleccion o el dia de la disolucion de la Camara.
5. Son electores y elegibles
todos los españoles que esten en pleno uso de sus derechos
politicos.
La ley reconocera y el Estado
facilitara el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles
que se encuentren fuera del territorio de España.
6. Las elecciones tendran
lugar entre los treinta dias y sesenta dias desde la terminacion del
mandato.
El Congreso electo debera ser convocado dentro de los veinticinco dias
siguientes a la celebracion de las elecciones.
Articulo 69
1. El Senado es la Camara
de representacion territorial.
2. En cada provincia se elegiran
cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y
secreto
por los votantes de cada una de ellas, en los terminos que
señale
una ley organica.
3. En las provincias insulares,
cada isla o agrupacion de ellas, con Cabildo o Consejo Insular,
constituira
una circunscripcion a efectos de eleccion de Senadores, correspondiendo
tres a cada una de las islas mayores - Gran Canaria, Mallorca y
Tenerife
- y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones:
Ibiza-Formentara,
Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.
4. Las poblaciones de Ceuta
y Melilla elegiran cada una de ellas dos Senadores.
5. Las Comunidades Autonomas
designaran ademas un Senador y otro mas por cada millon de habitantes
de
su respectivo territorio. La designacion correspondera a la Asamblea
legislativa
o, en su defecto, al organo colegiado superior de la Comunidad
Autonoma,
de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que aseguraran, en
todo
caso, la adecuada representacion proporcional.
6. El Senado es elegido por
cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro
años
despues de su eleccion o el dia de la disolucion de la Camara.
Articulo 70
1. La ley electoral
determinara
las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y
Senadores,
que comprenderan, en todo caso:chanroblesvirtuallawlibrary
a) A los componentes del
Tribunal Constitucional.
b) A los altos cargos de
la Administracion del Estado que determine la ley, con la excepcion de
los miembros del Gobierno.
c) Al Defensor del Pueblo.
d) A los Magistrados, Jueces
y Fiscales en activo.
e) A los militares profesionales
y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policia en activo.
f) A los miembros de las
Juntas Electorales.
2. La validez de las actas
y credenciales de los miembros de ambas Camaras estara sometida al
control
judicial en los terminos que establezca la ley electoral.
Articulo 71
1. Los Diputados y
Senadores
gozaran de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el
ejercicio
de sus funciones.
2. Durante el periodo de
su mandato los Diputados y Senadores gozaran asimismo de inmunidad y
solo
podran ser detenidos en caso de flagrante delito. No podran ser
inculpados
ni procesados sin la previa autorizacion de la Camara respectiva.
3. En las causas contra Diputados
y Senadores sera competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
4. Los Diputados y Senadores
percibiran una asignacion que sera fijada por las respectivas Camaras.
Articulo 72
1. Las Camaras establecen
sus propios Reglamentos, aprueban autonomamente sus presupuestos y, de
comun acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes
Generales.
Los Reglamentos y su reforma seran sometidos a una votacion final sobre
su totalidad, que requerira la mayoria absoluta.
2. Las Camaras eligen sus
respectivos Presidentes y los demas miembros de sus Mesas. Las sesiones
conjuntas seran presididas por el Presidente del Congreso y se regiran
por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoria absoluta
de cada Camara.
3. Los Presidentes de las
Camaras ejercen en nombre de las mismas todos los poderes
administrativos
y facultades de policia en el interior de sus respectivas sedes.
Articulo 73
1. Las Camaras se reuniran
anualmente en dos periodos ordinarios de sesiones: el primero, de
septiembre
a diciembre, y el segundo, de febrero a junio.
2. Las Camaras podran reunirse
en sesiones extraordinarias a peticion del Gobierno, de la Diputacion
Permanente
o de la mayoria absoluta de los miembros de cualquiera de las Camaras.
Las sesiones extraordinarias deberan convocarse sobre un orden del dia
determinado y seran clausuradas una vez que este haya sido agotado.
Articulo 74
1. Las Camaras se reuniran
en sesion conjunta para ejercer las competencias no legislativas que el
Titulo III atribuye expresamente a las Cortes Generales.
2. Las decisiones de las
Cortes Generales previstas en los articulos 94,1; 145, 2, y 158, 2, se
adoptaran por mayoria de cada una de las Camaras. En el primer caso, el
procedimiento se iniciara por el Congreso, y en los otros dos, por el
Senado.
En ambos casos, si no hubiera acuerdo entre Senado y Congreso, se
intentara
obtener por una Comision Mixta compuesta de igual numero de Diputados y
Senadores. La Comision presentara un texto, que sera votado por ambas
Camaras.
Si no se aprueba en la forma establecida, decidira el Congreso por
mayoria
absoluta.
Articulo 75
1. Las Camaras funcionaran
en Pleno y por Comisiones.
2. Las Camaras podran delegar
en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobacion de proyectos o
proposiciones de ley. El Pleno podra, no obstante, recabar en cualquier
momento el debate y votacion de cualquier proyecto o proposicion de ley
que haya sido objeto de esta delegacion.
3. Quedan exceptuados de
lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las
cuestiones
internacionales, las leyes organicas y de bases y los Presupuestos
Generales
del Estado.
Articulo 76
1. El Congreso y el
Senado,
y en su caso, ambas Camaras conjuntamente, podran nombrar Comisiones de
investigacion sobre cualquier asunto de interes publico. Sus
conclusiones
no seran vinculantes para los Tribunales, ni afectaran a las
resoluciones
judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigacion sea
comunicado
al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones
oportunas.
2. Sera obligatorio comparecer
a requerimiento de las Camaras. La ley regulara las sanciones que
puedan
imponerse por incumplimiento de esta obligacion.
Articulo 77
1. Las Camaras pueden
recibir
peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando
prohibida
la presentacion directa por manifestaciones ciudadanas.
2. Las Camaras pueden remitir
al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno esta obligado a
explicarse
sobre su contenido, siempre que las Camaras lo exijan.
Articulo 78
1. En cada Camara habra
una Diputacion Permanente compuesta por un minimo de veintiun miembros
que representaran a los grupos parlamentarios, en proporcion a su
importancia
numerica.
2. Las Diputaciones Permanentes
estaran presididas por el Presidente de la Camara respectiva y tendran
como funciones la prevista en el articulo 73, la de asumir las
facultades
que correspondan a las Camaras, de acuerdo con los articulos 86 y 116,
en caso de que estas hubieren sido disueltas o hubiere expirado su
mandato,
y la de velar por los poderes de las Camaras, cuando estas no esten
reunidas.
3. Expirado el mandato o
en caso de disolucion, las Diputaciones Permanentes seguiran ejerciendo
sus funciones hasta la constitucion de las nuevas Cortes Generales.
Articulo 79
1. Para adoptar acuerdos
las Camaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de
la mayoria de sus Miembros.
2. Dichos acuerdos para ser
validos deberan ser aprobados por la mayoria de los miembros presentes,
sin perjuicio de las mayorias especiales que establezcan la
Constitucion
o las leyes organicas y las que para eleccion de personas establezcan
los
Reglamentos de las Camaras.
3. El voto de Senadores y
Diputados es personal e indelegable.
Articulo 80
Las sesiones plenarias de
las Camaras seran publicas, salvo acuerdo en contrario de cada Camara,
adoptado por mayoria absoluta o con arreglo al Reglamento.
CAPITULO SEGUNDO
DE LA ELABORACION
DE
LAS LEYES
Articulo 81
1. Son leyes organicas las
relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las
libertades
publicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomia y el regimen
electoral
general y las demas previstas en la Constitucion.chanrobles virtualawlibrary
2. La aprobacion, modificacion
o derogacion de las leyes organicas exigira mayoria absoluta del
Congreso,
en una votacion final sobre el conjunto del proyecto.
Articulo 82
1. Las Cortes Generales
podran delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de
ley sobre materias determinadas no incluidas en el articulo anterior.
2. La delegacion legislativa
debera otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la
formacion
de textos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate de
refundir
varios textos legales en uno solo.
3. La delegacion legislativa
habra de otorgarse al Gobierno de forma expresa para materia concreta y
con fijacion del plazo para su ejercicio. La delegacion se agota por el
uso que de ella haga al Gobierno mediante la publicacion de la norma
correspondiente.
No podra entenderse concedida de modo implicito o por tiempo
indeterminado.
Tampoco podra permitir la subdelegacion a autoridades distintas del
propio
Gobierno.
4. Las leyes de bases delimitaran
con precision el objeto y alcance de la delegacion legislativa y los
principios
y criterios que han de seguirse en su ejercicio.
5. La autorizacion para refundir
textos legales determinara el ambito normativo a que se refiere el
contenido
de la delegacion, especificando si se circunscribe a la mera
formulacion
de un texto unico o si se incluye la de regularizar, aclarar y
armonizar
los textos legales que han de ser refundidos.
6. Sin perjuicio de la competencia
propia de los Tribunales, las leyes de delegacion podran establecer en
cada caso formulas adicionales de control.
Articulo 83
Las leyes de bases no
podran
en ningun caso:chanroblesvirtuallawlibrarya) Autorizar la
modificacion
de la propia ley de bases.
b) Facultar para
dictar normas
con caracter retroactivo.
Articulo 84
Cuando una proposicion de
ley o una enmienda fuere contraria a una delegacion legislativa en
vigor,
el Gobierno esta facultado para oponerse a su tramitacion. En tal
supuesto,
podra presentarse una proposicion de ley para la derogacion total o
parcial
de la ley de delegacion.
Articulo 85
Las disposiciones del
Gobierno
que contengan legislacion delegada recibiran el titulo de Decretos
Legislativos.
Articulo 86
1. En caso de
extraordinaria
y urgente necesidad, el Gobierno podra dictar disposiciones
legislativas
provisionales que tomaran la forma de Decretos-leyes y que no podran
afectar
al ordenamiento de las instituciones basicas del Estado, a los
derechos,
deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo Primero,
al regimen de las Comunidades Autonomas, ni al derecho electoral
general.chanrobles virtualawlibrary
2. Los Decretos-leyes deberan
ser inmediatamente sometidos a debate y votacion de totalidad al
Congreso
de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el
plazo
de los treinta dias siguientes a su promulgacion. El Congreso habra de
pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidacion
o derogacion, para lo cual el Reglamento establecera un procedimiento
especial
y sumario.
3. Durante el plazo establecido
en el apartado anterior las Cortes podran tramitarlos como proyectos de
ley por el procedimiento de urgencia.
Articulo 87
1. La iniciativa
legislativa
corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la
Constitucion
y los Reglamentos de las Camaras.
2. Las Asambleas de las Comunidades
Autonomas podran solicitar del Gobierno la adopcion de un proyecto de
ley
o remitir a la Mesa del Congreso una proposicion de ley, delegando ante
dicha Camara un maximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su
defensa.
3. Una ley organica regulara
las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la
presentacion
de proposiciones de ley. En todo caso se exigiran no menos de 500.000
firmas
acreditadas. No procedera dicha iniciativa en materias propias de ley
organica,
tributarias o de caracter internacional, ni en lo relativo a la
prerrogativa
de gracia.
Articulo 88
Los proyectos de ley seran
aprobados en Consejo de Ministros, que los sometera al Congreso,
acompañados
de una exposicion de motivos y de los antecedentes necesarios para
pronunciarse
sobre ellos.
Articulo 89
1. La tramitacion de las
proposiciones de ley se regulara por los Reglamentos de las Camaras,
sin
que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de
la
iniciativa legislativa en los terminos regulados por el articulo 87.
2. Las proposiciones de ley
que, de acuerdo con el articulo 87 tome en consideracion el Senado, se
remitiran al Congreso para su tramite en este como tal proposicion.
Articulo 90
1. Aprobado un proyecto
de ley ordinaria u organica por el Congreso de los Diputados, su
Presidente
dara inmediata cuenta del mismo al Presidente del Senado, el cual lo
sometera
a la deliberacion de este.
2. El Senado, en el plazo
de dos meses a partir del dia de la recepcion del texto, puede,
mediante
mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al mismo. El
veto
debera ser aprobado por mayoria absoluta. El proyecto no podra ser
sometido
al Rey para sancion sin que el Congreso ratifique por mayoria absoluta,
en caso de veto, el texto inicial, o por mayoria simple, una vez
transcurridos
dos meses desde la interposicion del mismo, o se pronuncie sobre las
enmiendas,
aceptandolas o no por mayoria simple.
3. El plazo de dos meses
de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducira
al de veinte dias naturales en los proyectos declarados urgentes por el
Gobierno o por el Congreso de los Diputados.
Articulo 91
El Rey sancionara en el
plazo de quince dias las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y
las
promulgara y ordenara su inmediata publicacion.
Articulo 92
1. Las decisiones
politicas
de especial trascendencia podran ser sometidas a referendum de todos
los
ciudadanos.
2. El referendum sera convocado
por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente
autorizada por el Congreso de los Diputados.
3. Una ley organica regulara
las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de
referendum
previstas en esta Constitucion.
CAPITULO TERCERO
DE LOS TRATADOS
INTERNACIONALES
Articulo 93
Mediante ley organica se
podra autorizar la celebracion de tratados por los que se atribuya a
una
organizacion o institucion internacional el ejercicio de competencias
derivadas
de la Constitucion. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno,
segun
los casos, la garantia del cumplimiento de estos tratados y de las
resoluciones
emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares
de la cesion.
Articulo 94
1. La prestacion del
consentimiento
del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerira
la
previa autorizacion de las Cortes Generales, en los siguientes casos:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Tratados de caracter
politico.b) Tratados o
convenios de
caracter militar.
c) Tratados o
convenios que
afecten a la integridad territorial del Estado o a los derechos y
deberes
fundamentales establecidos en el Titulo primero.
d) Tratados o
convenios que
impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Publica.
e) Tratados o
convenios que
supongan modificacion o derogacion de alguna ley o exijan medidas
legislativas
para su ejecucion.
2. El Congreso y el Senado seran
inmediatamente informados de la conclusion de los restantes tratados o
convenios.
Articulo 95
1. La celebracion de un
tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la
Constitucion
exigira la previa revision constitucional.chanrobles virtualawlibrary
2. El Gobierno o cualquiera
de las Camaras puede requerir al Tribunal Constitucional para que
declare
si existe o no esa contradiccion.
Articulo 96
1. Los tratados
internacionales
validamente celebrados, una vez publicados oficialmente en
España,
formaran parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones solo podran
ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los
propios
tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho
Internacional.
2. Para la denuncia de los
tratados y convenios internacionales se utilizara el mismo
procedimiento
previsto para su aprobacion en el articulo 94.
TITULO IV
DEL GOBIERNO Y DE
LA
ADMINISTRACION
Articulo 97
El Gobierno dirige la
politica
interior y exterior, la Administracion civil y militar y la defensa del
Estado. Ejerce la funcion ejecutiva y la potestad reglamentaria de
acuerdo
con la Constitucion y las leyes.
Articulo 98
1. El Gobierno se compone
del Presidente, de los Vicepresidentes en su caso, de los Ministros y
de
los demas miembros que establezca la ley.chanrobles virtualawlibrary
2. El Presidente dirige la
accion del Gobierno y coordina las funciones de los demas miembros del
mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de
estos
en su gestion.
3. Los miembros del Gobierno
no podran ejercer otras funciones representativas que las propias del
mandato
parlamentario, ni cualquier otra funcion publica que no derive de su
cargo,
ni actividad profesional o mercantil alguna.
4. La ley regulara el Estatuto
e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.
Articulo 99
1. Despues de cada
renovacion
del Congreso de los Diputados, y en los demas supuestos
constitucionales
en que asi proceda, el Rey, previa consulta con los representantes
designados
por los Grupos politicos con representacion parlamentaria, y a traves
del
Presidente del Congreso, propondra un candidato a la Presidencia del
Gobierno.
2. El candidato propuesto
conforme a lo previsto en el apartado anterior expondra ante el
Congreso
de los Diputados el programa politico del Gobierno que pretenda formar
y solicitara la confianza de la Camara.
3. Si el Congreso de los
Diputados, por el voto de la mayoria absoluta de sus miembros, otorgare
su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrara Presidente. De no
alcanzarse
dicha mayoria, se sometera la misma propuesta a nueva votacion cuarenta
y ocho horas despues de la anterior, y la confianza se entendera
otorgada
si obtuviese la mayoria simple.
4. Si efectuadas las citadas
votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se
tramitaran
sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo
de dos meses, a partir de la primera votacion de investidura, ningun
candidato
hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolvera ambas
Camaras
y convocara nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del
Congreso.
Articulo 100
Los demas miembros del
Gobierno
seran nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente.
Articulo 101
1. El Gobierno cesa tras
la celebracion de elecciones generales, en los casos de perdida de la
confianza
parlamentaria previstos en la Constitucion, o por dimision o
fallecimiento
de su Presidente.
2. El Gobierno cesante continuara
en funciones hasta la toma de posesion del nuevo Gobierno.
Articulo 102
1. La responsabilidad
criminal
del Presidente y los demas miembros del Gobierno sera exigible, en su
caso,
ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
2. Si la acusacion fuere
por traicion o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en
el
ejercicio de sus funciones, solo podra ser planteada por iniciativa de
la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobacion de la
mayoria absoluta del mismo.
3. La prerrogativa real de
gracia no sera aplicable a ninguno de los supuestos del presente
articulo.
Articulo 103
1. La Administracion
Publica
sirve con objetividad los intereses generales y actua de acuerdo con
los
principios de eficacia, jerarquia, descentralizacion, desconcentracion
y coordinacion, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
2. Los organos de la Administracion
del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo con la ley.
3. La ley regulara el estatuto
de los funcionarios publicos, el acceso a la funcion publica de acuerdo
con los principios de merito y capacidad, las peculiaridades del
ejercicio
de su derecho a sindicacion, el sistema de incompatibilidades y las
garantias
para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.
Articulo 104
1. Las Fuerzas y Cuerpos
de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendran como mision
proteger
el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la
seguridad
ciudadana.
2. Una ley organica determinara
las funciones, principios basicos de actuacion y estatutos de las
Fuerzas
y Cuerpos de seguridad.
Articulo 105
La ley regulara:chanroblesvirtuallawlibrary
a) La audiencia de los
ciudadanos,
directamente o a traves de las organizaciones y asociaciones
reconocidas
por la ley en el procedimiento de elaboracion de las disposiciones
administrativas
que les afecten.b) El acceso de los
ciudadanos
a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la
seguridad y defensa del Estado, la averiguacion de los delitos y la
intimidad
de las personas.
c) El procedimiento a
traves
del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando,
cuando
proceda, la audiencia del interesado.
Articulo 106
1. Los Tribunales
controlan
la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuacion
administrativa,
asi como el sometimiento de esta a los fines que la justifican.chanrobles virtualawlibrary
2. Los particulares, en los
terminos establecidos por la ley, tendran derecho a ser indemnizados
por
toda lesion que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en
los casos de fuerza mayor, siempre que la lesion sea consecuencia del
funcionamiento
de los servicios publicos.
Articulo 107
El Consejo de Estado es
el supremo organo consultivo del Gobierno. Una ley organica regulara su
composicion y competencia.
TITULO V
DE LAS RELACIONES
ENTRE
EL GOBIERNOY LAS CORTES
GENERALES
Articulo 108
El Gobierno responde
solidariamente
en su gestion politica ante el Congreso de los Diputados.
Articulo 109
Las Camaras y sus
Comisiones
podran recabar, a traves de los Presidentes de aquellas, la informacion
y ayuda que precisen del Gobierno y de sus Departamentos y de
cualesquiera
autoridades del Estado y de las Comunidades Autonomas.
Articulo 110
1. Las Camaras y sus
Comisiones
pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno.chanrobles virtualawlibrary
2. Los miembros del Gobierno
tienen acceso a las sesiones de las Camaras y a sus Comisiones y la
facultad
de hacerse oir en ellas, y podran solicitar que informen ante las
mismas
funcionarios de sus Departamentos.
Articulo 111
1. El Gobierno y cada uno
de sus miembros estan sometidos a las interpelaciones y preguntas que
se
le formulen en las Camaras, Para esta clase de debate los Reglamentos
estableceran
un tiempo minimo semanal.
2. Toda interpelacion podra
dar lugar a una mocion en la que la Camara manifieste su posicion.
Articulo 112
El Presidente del
Gobierno,
previa deliberacion del Consejo de Ministros, puede plantear ante el
Congreso
de los Diputados la cuestion de confianza sobre su programa o sobre una
declaracion de politica general. La confianza se entendera otorgada
cuando
vote a favor de la misma la mayoria simple de los Diputados.
Articulo 113
1. El Congreso de los
Diputados
puede exigir la responsabilidad politica del Gobierno mediante la
adopcion
por mayoria absoluta de la mocion de censura.
2. La mocion de censura debera
ser propuesta al menos por la decima parte de los Diputados, y habra de
incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.
3. La mocion de censura no
podra ser votada hasta que transcurran cinco dias desde su
presentacion.
En los dos primeros dias de dicho plazo podran presentarse mociones
alternativas.
4. Si la mocion de censura
no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podran presentar
otra durante el mismo periodo de sesiones.
Articulo 114
1. Si el Congreso niega
su confianza al Gobierno, este presentara su dimision al Rey,
procediendose
a continuacion a la designacion de Presidente del Gobierno, segun lo
dispuesto
en el articulo 99.
2. Si el Congreso adopta
una mocion de censura, el Gobierno presentara su dimision al Rey y el
candidato
incluido en aquella se entendera investido de la confianza de la Camara
a los efectos previstos en el articulo 99. El Rey le nombrara
presidente
del Gobierno.
Articulo 115
1. El Presidente del
Gobierno,
previa deliberacion del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva
responsabilidad,
podra proponer la disolucion del Congreso, del Senado o de las Cortes
Generales,
que sera decretada por el Rey. El decreto de disolucion fijara la fecha
de las elecciones.
2. La propuesta de disolucion
no podra presentarse cuando este en tramite una mocion de censura.
3. No procedera nueva disolucion
antes de que transcurra un año desde la anterior, salvo lo
dispuesto
en el articulo 99, apartado 5.
Articulo 116
1. Una ley organica
regulara
los estados de alarma, de excepcion y de sitio y las competencias y
limitaciones
correspondientes.
2. El estado de alarma sera
declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de
Ministros
por un plazo maximo de quince dias, dando cuenta al Congreso de los
Diputados,
reunido inmediatamente el efecto y sin cuya autorizacion no podra ser
prorrogado
dicho plazo. El decreto determinara el ambito territorial a que se
extienden
los efectos de la declaracion.
3. El estado de excepcion
sera declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de
Ministros, previa autorizacion del Congreso de los Diputados. La
autorizacion
y proclamacion del Estado de excepcion debera determinar expresamente
los
efectos del mismo, el ambito territorial a que se extiende y su
duracion,
que no podra exceder de treinta dias, prorrogables por otro plazo
igual,
con los mismos requisitos.
4. El estado de sitio sera
declarado por la mayoria absoluta del Congreso de los Diputados, a
propuesta
exclusiva del Gobierno. El Congreso determinara su ambito territorial,
duracion y condiciones.
5. No podra procederse a
la disolucion del Congreso mientras esten declarados algunos de los
estados
comprendidos en el presente articulo, quedando automaticamente
convocadas
las Camaras si no estuvieren en periodo de sesiones. Su funcionamiento,
asi como el de los demas poderes constitucionales del Estado, no podran
interrumpirse durante la vigencia de estos estados.
Disuelto el Congreso o expirado
su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a
cualquiera
de dichos estados, las competencias del Congreso seran asumidas por su
Diputacion Permanente.
6. La declaracion de los
estados de alarma, de excepcion y de sitio no modificara el principio
de
responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la
Constitucion
y en las leyes.
TITULO VI
DEL PODER JUDICIAL
Articulo 117
1. La justicia emana del
pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados
integrantes
del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y
sometidos
unicamente al imperio de la ley.chanrobles virtualawlibrary
2. Los Jueces y Magistrados
no podran ser separados, suspendidos, trasladados ni jubilados sino por
alguna de las causas y con las garantias previstas en la ley.
3. El ejercicio de la potestad
jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar
lo
juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales
determinados
por las leyes, segun las normas de competencia y procedimiento que las
mismas establezcan.
4. Los Juzgados y Tribunales
no ejerceran mas funciones que las señaladas en el apartado
anterior
y las que expresamente les sean atribuidas por ley en garantia de
cualquier
derecho.
5. El principio de unidad
jurisdiccional es la base de la organizacion y funcionamiento de los
Tribunales.
La ley regulara el ejercicio de la jurisdiccion militar en el ambito
estrictamente
castrense y en los supuestos de estado de sitio, de acuerdo con los
principios
de la Constitucion.
6. Se prohiben los Tribunales
de excepcion.
Articulo 118
Es obligado cumplir las
sentencias y demas resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, asi
como prestar la colaboracion requerida por estos en el curso del
proceso
y en la ejecucion de lo resuelto.
Articulo 119
La justicia sera gratuita
cuando asi lo disponga la ley, y, en todo caso, respecto de quienes
acrediten
insuficiencia de recursos para litigar.
Articulo 120
1. Las actuaciones
judiciales
seran publicas, con las excepciones que prevean las leyes de
procedimiento.
2. El procedimiento sera
predominantemente oral, sobre todo en materia criminal.
3. Las sentencias seran siempre
motivadas y se pronunciaran en audiencia publica.
Articulo 121
Los daños causados
por error judicial, asi como los que sean consecuencia del
funcionamiento
anormal de la Administracion de Justicia, daran derecho a una
indemnizacion
a cargo del Estado, conforme a la ley.
Articulo 122
1. La ley organica del
poder
judicial determinara la constitucion, funcionamiento y gobierno de los
Juzgados y Tribunales, asi como el estatuto juridico de los Jueces y
Magistrados
de carrera, que formaran un Cuerpo unico, y del personal al servicio de
la Administracion de Justicia.
2. El Consejo General del
poder judicial es el organo de gobierno del mismo. La ley organica
establecera
su estatuto y el regimen de incompatibilidades de sus miembros y sus
funciones,
en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspeccion y
regimen
disciplinario.
3. El Consejo General del
Poder Judicial estara integrado por el Presidente del Tribunal Supremo,
que lo presidira, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un
periodo
de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de
todas
las categorias judiciales, en los terminos que establezca la ley
organica;
cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta
del
Senado, elegidos en ambos casos por mayoria de tres quintos de sus
miembros,
entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia
y con mas de quince años de ejercicio en su profesion.
Articulo 123
1. El Tribunal Supremo,
con jurisdiccion en toda España, es el organo jurisdiccional
superior
en todos los ordenes, salvo lo dispuesto en materia de garantias
constitucionales.
2. El Presidente del Tribunal
Supremo sera nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del
Poder
Judicial, en la forma que determine la ley.
Articulo 124
1. El Ministerio Fiscal,
sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros organos, tiene por
mision promover la accion de la justicia en defensa de la legalidad, de
los derechos de los ciudadanos y del interes publico tutelado por la
ley,
de oficio o a peticion de los interesados, asi como velar por la
independencia
de los Tribunales y procurar ante estos la satisfaccion del interes
social.
2. El Ministerio Fiscal ejerce
sus funciones por medio de organos propios conforme a los principios de
unidad de actuacion y dependencia jerarquica y con sujecion, en todo
caso,
a los de legalidad e imparcialidad.
3. La ley regulara el estatuto
organico del Ministerio Fiscal.
4. El Fiscal General del
Estado sera nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oido el
Consejo
General del Poder Judicial.
Articulo 125
Los ciudadanos podran
ejercer
la accion popular y participar en la Administracion de Justicia
mediante
la institucion del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos
procesos
penales que la ley determine, asi como en los Tribunales
consuetudinarios
y tradicionales.
Articulo 126
La policia judicial
depende
de los Jueces, de los Tribunales y del Ministerio Fiscal en sus
funciones
de averiguacion del delito y descubrimiento y aseguramiento del
delincuente,
en los terminos que la ley establezca.
Articulo 127
1. Los Jueces y
Magistrados,
asi como los Fiscales, mientras se hallen en activo, no podran
desempeñar
otros cargos publicos, ni pertenecer a partidos politicos o sindicatos.
La ley establecera el sistema y modalidades de asociacion profesional
de
los Jueces, Magistrados y Fiscales.
2. La ley establecera el
regimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial, que
debera
asegurar la total independencia de los mismos.
TITULO VIECONOMIA Y HACIENDA
Articulo 128
1. Toda la riqueza del
pais
en sus distintas formas y sea cual fuere su titulatidad esta
subordinada
al interes general.chanrobles virtualawlibrary
2. Se reconoce la iniciativa
publica en la actividad economica. Mediante ley se podra reservar al
sector
publico recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de
monopolio
y asimismo acordar la intervencion de empresas cuando asi lo exigiere
el
interes general.
Articulo 129
1. La ley establecera las
formas de participacion de los interesados en la Seguridad Social y en
la actividad de los organismos publicos cuya funcion afecte
directamente
a la calidad de la vida o al bienestar general.
2. Los poderes publicos promoveran
eficazmente las diversas formas de participacion en la empresa y
fomentaran,
mediante una legislacion adecuada, las sociedades cooperativas. Tambien
estableceran los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a
la
propiedad de los medios de produccion.
Articulo 130
1. Los poderes publicos
atenderan a la modernizacion y desarrollo de todos los sectores
economicos
y, en particular, de la agricultura, de la ganaderia, de la pesca y de
la artesania, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los
españoles.
2. Con el mismo fin, se dispensara
un tratamiento especial a las zonas de montaña.
Articulo 131
1. El Estado, mediante
ley,
podra planificar la actividad economica general para atender a las
necesidades
colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y
estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su mas justa
distribucion.
2. El Gobierno elaborara
los proyectos de planificacion, de acuerdo con las previsiones que le
sean
suministradas por las Comunidades Autonomas y el asesoramiento y
colaboracion
de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y
economicas. A tal fin se constituira un Consejo, cuya composicion y
funciones
se desarrollaran por ley.
Articulo 132
1. La ley regulara el
regimen
juridico de los bienes de dominio publico y de los comunales,
inspirandose
en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e
inembargabilidad,
asi como su desafectacion.
2. Son bienes de dominio
publico estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona
maritimo-terrestre,
las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona
economica
y la plataforma continental.
3. Por ley se regularan el
patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administracion,
defensa
y conservacion.
Articulo 133
1. La potestad originaria
para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado,
mediante
ley.
2. Las Comunidades Autonomas
y las Corporaciones locales podran establecer y exigir tributos, de
acuerdo
con la Constitucion y las leyes.
3. Todo beneficio fiscal
que afecte a los tributos del Estado debera establecerse en virtud de
ley.
4. Las administraciones publicas
solo podran contraer obligaciones financieras y realizar gastos de
acuerdo
con las leyes.
Articulo 134
1. Corresponde al Gobierno
la elaboracion de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes
Generales su examen, enmienda y aprobacion.
2. Los Presupuestos Generales
del Estado tendran caracter anual, incluiran la totalidad de los gastos
e ingresos del sector publico estatal y en ellos se consignara el
importe
de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.
3. El Gobierno debera presentar
ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado
al menos tres meses antes de la expiracion de los del año
anterior.
4. Si la ley de Presupuestos
no se aprobara antes del primer dia del ejercicio economico
correspondiente,
se consideraran automaticamente prorrogados los Presupuestos del
ejercicio
anterior hasta la aprobacion de los nuevos.
5. Aprobados los Presupuestos
Generales del Estado, solo el Gobierno podra presentar proyectos de ley
que impliquen aumento del gasto publico o disminucion de los ingresos
correspondientes
al mismo ejercicio presupuestario.
6. Toda proposicion o enmienda
que suponga aumento de los creditos o disminucion de los ingresos
presupuestarios
requerira la conformidad del Gobierno para su tramitacion.
7. La ley de Presupuestos
no puede crear tributos. Podra modificarlos cuando una ley tributaria
sustantiva
asi lo prevea.
Articulo 135
1. El Gobierno habra de
estar autorizado por ley para emitir Deuda Publica o contraer credito.
2. Los creditos para satisfacer
el pago de intereses y capital de la Deuda Publica del Estado se
entenderan
siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no
podran
ser objeto de enmienda o modificacion, mientras se ajusten a las
condiciones
de la ley de emision.
Articulo 136
1. El Tribunal de Cuentas
es el supremo organo fiscalizador de las cuentas y de la gestion
economica
del Estado, asi como del sector publico.
Dependera directamente de
las Cortes Generales y ejercera sus funciones por delegacion de ellas
en
el examen y comprobacion de la Cuenta General del Estado.
2. Las cuentas del Estado
y del sector publico estatal se rendiran al Tribunal de Cuentas y seran
censuradas por este.
El Tribunal de Cuentas, sin
perjuicio de su propia jurisdiccion, remitira a las Cortes Generales un
informe anual en el que, cuando proceda, comunicara las infracciones o
responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.
3. Los miembros del Tribunal
de Cuentas gozaran de la misma independencia e inamovilidad y estaran
sometidos
a las mismas incompatibilidades que los Jueces.
4. Una ley organica regulara
la composicion, organizacion y funciones del Tribunal de Cuentas.
TITULO VIIIDE LA ORGANIZACION
TERRITORIAL
DEL ESTADOCAPITULO PRIMEROPRINCIPIOS
GENERALES
Articulo 137
El Estado se organiza
territorialmente
en municipios, en provincias y en las Comunidades Autonomas que se
constituyan.chanrobles virtualawlibrary
Todas estas entidades gozan
de autonomia para la gestion de sus respectivos intereses.
Articulo 138
1. El Estado garantiza la
realizacion efectiva del principio de solidaridad consagrado en el
articulo
2o. de la Constitucion, velando por el establecimiento de un equilibrio
economico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio
español,
y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
2. Las diferencias entre
los Estatutos de las distintas Comunidades Autonomas no podran
implicar,
en ningun caso, privilegios economicos o sociales.
Articulo 139
1. Todos los
españoles
tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del
territorio
del Estado.
2. Ninguna autoridad podra
adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad
de
circulacion y establecimiento de las personas y la libre circulacion de
bienes en todo el territorio español.
CAPITULO SEGUNDODE LA
ADMINISTRACION
LOCAL
Articulo 140
La Constitucion garantiza
la autonomia de los municipios.chanrobles virtualawlibrary
Estos gozaran de personalidad
juridica plena. Su gobierno y administracion corresponde a sus
respectivos
Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los
Concejales
seran elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio
universal
igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley.
Los
Alcaldes seran elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley
regulara
las condiciones en las que proceda el regimen del concejo abierto.
Articulo 141
1. La provincia es una
entidad
local con personalidad juridica propia, determinada por la agrupacion
de
municipios y division territorial para el cumplimiento de las
actividades
del Estado. Cualquier alteracion de los limites provinciales habra de
ser
aprobada por las Cortes Generales mediante ley organica.
2. El gobierno y la administracion
autonoma de las provincias estaran encomendados a Diputaciones u otras
Corporaciones de caracter representativo.
3. Se podran crear agrupaciones
de municipios diferentes de la provincia.
4. En los archipielagos,
las islas tendran ademas su administracion propia en forma de Cabildos
o Consejos.
Articulo 142
Las Haciendas locales
deberan
disponer de los medios suficientes para el desempeño de las
funciones
que la ley atribuye a las Corporaciones respectivas y se nutriran
fundamentalmente
de tributos propios y de participacion en los del Estado y de las
Comunidades
Autonomas.
CAPITULO TERCERODE LAS COMUNIDADES
AUTONOMAS
Articulo 143
1. En el ejercicio del
derecho
a la autonomia reconocido en el articulo 2o. de la Constitucion, las
provincias
limitrofes con caracteristicas historicas, culturales y economicas
comunes,
los territorios insulares y las provincias con entidad regional
historica
podran acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades
Autonomas
con arreglo a lo previsto en este Titulo y en los respectivos Estatutos.chanrobles virtualawlibrary
2. La iniciativa del proceso
autonomico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al organo
interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los
municipios
cuya poblacion represente, al menos, la mayoria del censo electoral de
cada provincia o isla. Estos requisitos deberan ser cumplidos en el
plazo
de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna
de
las Corporaciones locales interesadas.
3. La iniciativa, en caso
de no prosperar, solamente podra reiterarse pasados cinco años.
Articulo 144
Las Cortes Generales,
mediante
ley organica, podran, por motivos de interes nacional:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Autorizar la constitucion
de una Comunidad Autonoma cuando su ambito territorial no supere el de
una provincia y no reuna las condiciones del apartado 1 del articulo
143.
b) Autorizar o acordar, en
su caso, un Estatuto de autonomia para territorios que no esten
integrados
en la organizacion provincial.
c) Sustituir la iniciativa
de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del
articulo
143.
Articulo 145
1. En ningun caso se
admitira
la federacion de Comunidades Autonomas.
2. Los Estatutos podran prever
los supuestos, requisitos y terminos en que las Comunidades Autonomas
podran
celebrar convenios entre si para la gestion y prestacion de servicios
propios
de las mismas, asi como el caracter y efectos de la correspondiente
comunicacion
a las Cortes Generales. En los demas supuestos, los acuerdos de
cooperacion
entre las Comunidades Autonomas necesitaran la autorizacion de las
Cortes
Generales.
Articulo 146
El proyecto de Estatuto
sera elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la
Diputacion
u organo interinsular de las provincias afectadas y por los Diputados y
Senadores elegidos en ellas y sera elevado a las Cortes Generales para
su tramitacion como ley.
Articulo 147
1. Dentro de los terminos
de la presente Constitucion, los Estatutos seran la norma institucional
basica de cada Comunidad Autonoma y el Estado los reconocera y amparara
como parte integrante de su ordenamiento juridico.
2. Los Estatutos de autonomia
deberan contener:chanroblesvirtuallawlibrary
a) La denominacion de la
Comunidad que mejor corresponda a su identidad historica.b) La delimitacion de
su
territorio.
c) La denominacion,
organizacion
y sede de las instituciones autonomas propias.
d) Las competencias
asumidas
dentro del marco establecido en la Constitucion y las bases para el
traspaso
de los servicios correspondientes a las mismas.
3. La reforma de los Estatutos
se ajustara al procedimiento establecido en los mismos y requerira, en
todo caso, la aprobacion por las Cortes Generales, mediante ley
organica.
Articulo 148
1. Las comunidades
Autonomas
podran asumir competencias en las siguientes materias:chanroblesvirtuallawlibrary
1o. Organizacion de sus instituciones
de autogobierno.
2o. Las alteraciones de los
terminos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las
funciones
que correspondan a la Administracion del Estado sobre las Corporaciones
locales y cuya transferencia autorice la legislacion sobre Regimen
Local.
3o. Ordenacion del territorio,
urbanismo y vivienda.
4o. Las obras publicas de
interes de la Comunidad Autonoma en su propio territorio.
5o. Los ferrocarriles y carreteras
cuyo itinerario se desarrolle integramente en el territorio de la
Comunidad
Autonoma y, en los mismos terminos, el transporte desarrollado por
estos
medios o por cable.
6o. Los puertos de refugio,
los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no
desarrollen
actividades comerciales.
7o. La agricultura y ganaderia,
de acuerdo con la ordenacion general de la economia.
8o. Los montes y aprovechamiento
forestales.
9o. La gestion en materia
de proteccion del medio ambiente.
10o. Los proyectos, construccion
y explotacion de los aprovechamientos hidraulicos, canales y regadios
de
interes de la Comunidad Autonoma; las aguas minerales y termales.
11o. La pesca en aguas interiores,
el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial.
12o. Ferias interiores.
13o. El fomento del desarrollo
economico de la Comunidad Autonoma dentro de los objetivos marcados por
la politica economica nacional.
14o. La artesania.
15o. Museos, bibliotecas
y conservatorios de musica de interes para la Comunidad Autonoma.
16o. Patrimonio monumental
de interes de la Comunidad Autonoma.
17o. El fomento de la cultura
de la investigacion y, en su caso, de la enseñanza de la lengua
de la Comunidad Autonoma.
18o. Promocion y ordenacion
del turismo en su ambito territorial.
19o. Promocion del deporte
y de la adecuada utilizacion del ocio.
20o. Asistencia social.
21o. Sanidad e higiene.
22o. La vigilancia y proteccion
de sus edificios e instalaciones. La coordinacion y demas facultades en
relacion con las policias locales en los terminos que establezca una
ley
organica.
2. Transcurridos cinco años,
y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autonomas
podran
ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en
el articulo 149.
Articulo 149
1. El Estado tiene
competencia
exclusiva sobre las siguientes materias.
1o. La regulacion de las
condiciones basicas que garanticen la igualdad de todos los
españoles
en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes
constitucionales.
2o. Nacionalidad, inmigracion,
emigracion, extranjeria y derecho de asilo.
3o. Relaciones internacionales.
4o. Defensa y Fuerzas Armadas.
5o. Administracion de Justicia.
6o. Legislacion mercantil,
penal y penitenciaria; legislacion procesal, sin perjuicio de las
necesarias
especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del
derecho sustantivo de las Comunidades Autonomas.
7o. Legislacion laboral;
sin perjuicio de su ejecucion por los organos de las Comunidades
Autonomas.
8o. Legislacion civil, sin
perjuicio de la conservacion, modificacion y desarrollo por las
Comunidades
Autonomas de los derechos civiles, forales o especiales, alli donde
existan.
En todo caso, las reglas relativas a la aplicacion y eficacia de las
normas
juridicas, relaciones juridico-civiles relativas a las formas de
matrimonio,
ordenacion de los registros e instrumentos publicos, bases de las
obligaciones
contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y
determinacion
de las fuentes del Derecho, con respecto, en este ultimo caso, a las
normas
de derecho foral o especial.
9o. Legislacion sobre propiedad
intelectual e industrial.
10o. Regimen aduanero y arancelario;
comercio exterior.
11o. Sistema monetario: divisas,
cambio y convertibilidad; bases de la ordenacion del credito, banca y
seguros.
12o. Legislacion sobre pesas
y medidas, determinacion de la hora oficial.
13o. Bases y coordinacion
de la planificacion general de la actividad economica.
14o. Hacienda general y Deuda
del Estado.
15o. Fomento y coordinacion
general de la investigacion cientifica y tecnica.
16o. Sanidad exterior. Bases
y coordinacion general de la sanidad. Legislacion sobre productos
farmaceuticos.
17o. Legislacion Basica y
regimen economico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecucion
de sus servicios por las Comunidades Autonomas.
18o. Las bases del regimen
juridico de las Administraciones publicas y del regimen estatutario de
sus funcionarios que, en todo caso, garantizaran a los administrados un
tratamiento comun ante ellas; el procedimiento administrativo comun,
sin
perjuicio de las especialidades derivadas de la organizacion propia de
las Comunidades Autonomas; legislacion sobre expropiacion forzosa;
legislacion
basica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de
responsabilidad
de todas las Administraciones publicas.
19o. Pesca maritima, sin
perjuicio de las competencias que en la ordenacion del sector se
atribuyan
a las Comunidades Autonomas.
20o. Marina mercante y abanderamiento
de buques; iluminacion de costas y señales maritimas; puertos de
interes general; aeropuertos de interes general; control del espacio
aereo,
transito y transporte aereo, servicio meteorologico y matriculacion de
aeronaves.
21o. Ferrocarriles y transportes
terrestres que transcurran por el territorio de mas de una Comunidad
Autonoma;
regimen general de comunicaciones; trafico y circulacion de vehiculos a
motor; correos y telecomunicaciones; cables aereos, submarinos y
radiocomunicacion.
22o. La legislacion, ordenacion
y concesion de recursos y aprovechamientos hidraulicos cuando las aguas
discurran por mas de una Comunidad Autonoma, y la autorizacion de las
instalaciones
electricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el
transporte
de energia salga de su ambito territorial.
23o. Legislacion basica sobre
proteccion del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las
Comunidades
Autonomas de establecer normas adicionales de proteccion. La
legislacion
basica sobre montes, aprovechamientos forestales y vias pecuarias.
24o. Obras publicas de interes
general o cuya realizacion afecte a mas de una Comunidad Autonoma.
25o. Bases del regimen minero
y energetico.
26o. Regimen de produccion,
comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
27o. Normas basicas del regimen
de prensa, radio y television y, en general, de todos los medios de
comunicacion
social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y
ejecucion
correspondan a las Comunidades Autonomas.
28o. Defensa del patrimonio
cultural, artistico y monumental español contra la exportacion y
la expoliacion; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal,
sin perjuicio de su gestion por parte de las Comunidades Autonomas.
29o. Seguridad publica, sin
perjuicio de la posibilidad de creacion de policias por las Comunidades
Autonomas en la forma que se establezca en los respectivos Estatutos en
el marco de lo que disponga una ley organica.
30o. Regulacion de las condiciones
de obtencion, expedicion y homologacion de titulos academicos y
profesionales
y normas basicas para el desarrollo del articulo 27 de la Constitucion
a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes
publicos en esta materia.
31o. Estadistica para fines
estatales.
32o. Autorizacion para la
convocatoria de consultas populares por via de referendum.
2. Sin perjuicio de las competencias
que podran asumir las Comunidades Autonomas, el Estado considerara el
servicio
de la cultura como deber y atribucion esencial y facilitara la
comunicacion
cultural entre las Comunidades Autonomas, de acuerdo con ellas.
3. Las materias no atribuidas
expresamente al Estado por esta Constitucion podran corresponder a las
Comunidades Autonomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La
competencia
sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de
Autonomia
correspondera al Estado cuyas normas prevaleceran, en caso de
conflicto,
sobre las de las Comunidades Autonomas en todo lo que no este atribuido
a la exclusiva competencia de estas. El derecho estatal sera, en todo
caso,
supletorio del derecho de las Comunidades Autonomas.
Articulo 150
1. Las Cortes Generales,
en materias de competencia estatal, podran atribuir a todas o a alguna
de las Comunidades Autonomas la facultad de dictar, para si mismas,
normas
legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados
por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales,
en cada ley marco se establecera la modalidad del control de las Cortes
Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autonomas.
2. El Estado podra transferir
o delegar en las Comunidades Autonomas, mediante ley organica,
facultades
correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia
naturaleza
sean susceptibles de transferencia o delegacion. La ley prevera en cada
caso la correspondiente transferencia de medios financieros, asi como
las
formas de control que se reserve el Estado.
3. El Estado podra dictar
leyes que establezcan los principios necesarios para armonizar las
disposiciones
normativas de las Comunidades Autonomas, aun en el caso de materias
atribuidas
a la competencia de estas, cuando asi lo exija el interes general.
Corresponde
a las Cortes Generales, por mayoria absoluta de cada Camara, la
apreciacion
de esta necesidad.
Articulo 151
1. No sera preciso dejar
transcurrir el plazo de cinco años a que se refiere el apartado
2 del articulo 148 cuando la iniciativa del proceso automomico sea
acordada
dentro del plazo del articulo 143,2, ademas de por las Diputaciones o
los
organos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de
los Municipios de cada una de las provincias afectadas que representen,
al menos, la mayoria del censo electoral de cada una de ellas y dicha
iniciativa
sea ratificada mediante referendum por el voto afirmativo de la mayoria
absoluta de los electores de cada provincia, en los terminos que
establezca
una ley organica.
2. En el supuesto previsto
en el apartado anterior, el procedimiento para la elaboracion del
Estatuto
sera el siguiente:chanroblesvirtuallawlibrary
1o. El Gobierno convocara
a todos los Diputados y Senadores elegidos en las circunscripciones
comprendidas
en el ambito territorial que pretenda acceder al autogobierno, para que
se constituyan en Asamblea, a los solos efectos de elaborar el
correspondiente
proyecto de Estatuto de autonomia, mediante el acuerdo de la mayoria
absoluta
de sus miembros.
2o. Aprobado el proyecto
de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitira a la
Comision
Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo
examinara con el concurso y asistencia de una delegacion de la Asamblea
proponente para determinar de comun acuerdo su formulacion definitiva.
3o. Si se alcanzare dicho
acuerdo, el texto resultante sera sometido a referendum del cuerpo
electoral
de las provincias comprendidas en el ambito territorial del proyectado
Estatuto.
4o. Si el proyecto de Estatuto
es aprobado en cada provincia por la mayoria de los votos validamente
emitidos,
sera elevado a las Cortes Generales. Los Plenos de ambas Camaras
decidiran
sobre el texto mediante un voto de ratificacion. Aprobado el Estatuto,
el Rey lo sancionara y lo promulgara como ley.
5o. De no alcanzarse el acuerdo
a que se refiere el apartado 2o. de este numero, el proyecto de
Estatuto
sera tramitado como proyecto de ley ante las Cortes Generales. El texto
aprobado por estas sera sometido a referendum del cuerpo electoral de
las
provincias comprendidas en el ambito territorial del proyectado
Estatuto.
En caso de ser aprobado por la mayoria de los votos validamente
emitidos
en cada provincia, procedera su promulgacion en los terminos del
parrafo
anterior.
3. En los casos de los parrafos
4o. y 5o. del apartado anterior, la no aprobacion del proyecto de
Estatuto
por una o varias provincias no impedira la constitucion entre las
restantes
de la Comunidad Autonoma proyectada, en la forma que establezca la ley
organica prevista en el apartado 1 de este articulo.
Articulo 152
1. En los Estatutos
aprobados
por el procedimiento a que se refiere el articulo anterior, la
organizacion
institucional autonomica se basara en una Asamblea Legislativa elegida
por sufragio universal con arreglo a un sistema de representacion
proporcional
que asegure, ademas, la representacion de las diversas zonas del
territorio;
un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas, y un
Presidente, elegido por la Asamblea de entre sus miembros, y nombrado
por
el Rey, al que corresponde la direccion del Consejo de Gobierno, la
suprema
representacion de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en
aquella. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno seran
politicamente
responsables ante la Asamblea.
Un tribunal Superior de Justicia,
sin perjuicio de la jurisdiccion que corresponde al Tribunal Supremo,
culminara
la organizacion judicial en el ambito territorial de la Comunidad
Autonoma.
En los Estatutos de las Comunidades Autonomas podran establecerse los
supuestos
y las formas de participacion de aquellas en la organizacion de las
demarcaciones
judiciales del territorio. Todo ello de conformidad con lo previsto en
la ley independencia de este.
Sin perjuicio de lo dispuesto
en el articulo 123, las sucesivas instancias procesales, en su caso, se
agotaran ante organos judiciales radicados en el mismo territorio de la
Comunidad Autonoma en que este el organo competente en primera
instancia.
2. Una vez sancionados y
promulgados los respectivos Estatutos, solamente podran ser modificados
mediante los procedimientos en ellos establecidos y con referendum
entre
los electores inscritos en los censos correspondientes.
3. Mediante la agrupacion
de municipios limitrofes, los Estatutos podran establecer
circunscripciones
territoriales propias que gozaran de plena personalidad juridica.
Articulo 153
El control de la actividad
de los organos de las Comunidades Autonomas se ejercera:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Por el Tribunal Constitucional,
el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con
fuerza de ley.
b) Por el Gobierno, previo
dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas
a que se refiere el apartado 2 del articulo 150.
c) Por la jurisdiccion contencioso-administrativa,
el de la administracion autonoma y sus normas reglamentarias.
d) Por el Tribunal de Cuentas,
el economico y presupuestario.
Articulo 154
Un delegado nombrado por
el Gobierno dirigira la administracion del Estado en el territorio de
la
Comunidad Autonoma y la coordinara, cuando proceda, con la
administracion
propia de la Comunidad.
Articulo 155
1. Si una Comunidad
Autonoma
no cumpliere las obligaciones que la Constitucion u otras leyes le
impongan,
o actuare de forma que atente gravemente al interes general de
España,
el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad
Autonoma
y, en el caso de no ser atendido, con la aprobacion por mayoria
absoluta
del Senado, podra adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella
al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la proteccion del
mencionado interes general.
2. Para la ejecucion de las
medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podra dar
instrucciones
a todas las autoridades de las Comunidades Autonomas.
Articulo 156
1. Las Comunidades
Autonomas
gozaran de autonomia financiera para el desarrollo y ejecucion de sus
competencias
con arreglo a los principios de coordinacion con la Hacienda estatal y
de solidaridad entre todos los españoles.
2. Las Comunidades Autonomas
podran actuar como delegados o colaboradores del Estado para la
recaudacion,
la gestion y la liquidacion de los recursos tributarios de aquel, de
acuerdo
con las leyes y los Estatutos.
Articulo 157
1. Los recursos de las
Comunidades
Autonomas estaran constituidos por:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Impuestos cedidos total
o parcialmente por el Estado, recargos sobre impuestos estatales y
otras
participaciones en los ingresos del Estado.
b) Sus propios impuestos,
tasas y contribuciones especiales.
c) Transferencias de un fondo
de compensacion interterritorial y otras asignaciones con cargo a los
presupuestos
Generales del Estado.
d) Rendimientos procedentes
de su patrimonio e ingresos de derecho privado.
e) El producto de las operaciones
de credito.
2. Las Comunidades Autonomas
no podran en ningun caso adoptar medidas tributarias sobre bienes
situados
fuera de su territorio o que supongan obstaculo para la libre
circulacion
de mercancias o servicios.
3. Mediante ley organica
podra regularse el ejercicio de las competencias financieras enumeradas
en el precedente apartado 1, las normas para resolver los conflictos
que
pudieran surgir y las posibles formas de colaboracion financiera entre
las Comunidades Autonomas y el Estado.
Articulo 158
1. En los Presupuestos
Generales
del Estado podra establecerse una asignacion a las Comunidades
Autonomas
en funcion del volumen de los servicios y actividades estatales que
hayan
asumido y de la garantia de un nivel minimo en la prestacion de los
servicios
publicos fundamentales en todo el territorio español.
2. Con el fin de corregir
desequilibrios economicos interterritoriales y hacer efectivo el
principio
de solidaridad, se constituira un Fondo de Compensacion con destino a
gastos
de inversion, cuyos recursos seran distribuidos por las Cortes
Generales
entre las Comunidades Autonomas y provincias, en su caso.
TITULO IX
DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
Articulo 159
1. El Tribunal
Constitucional
se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a
propuesta
del Congreso por mayoria de tres quintos de sus miembros; cuatro a
propuesta
del Senado, con identica mayoria; dos a propuesta del Gobierno y dos a
propuesta del Consejo General del Poder Judicial.chanrobles virtualawlibrary
2. Los miembros del Tribunal
Constitucional deberan ser nombrados entre Magistrados y Fiscales,
Profesores
de Universidad, funcionarios publicos y abogados, todos ellos juristas
de reconocida competencia con mas de quince años de ejercicio
profesional.
3. Los miembros del Tribunal
Constitucional seran designados por un periodo de nueve años y
se
renovaran por terceras partes cada tres.
4. La condicion de miembro
del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato
representativo;
con los cargos politicos o administrativos; con el desempeño de
funciones directivas en un partido politico o en un sindicato y con el
empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras
judicial
y fiscal; y con cualquier actividad profesional o mercantil.
En lo demas, los miembros
del Tribunal Constitucional tendran las incompatibilidades propias de
los
miembros del poder judicial.
5. Los miembros del Tribunal
Constitucional seran independientes e inamovibles en el ejercicio de su
mandato.
Articulo 160
El Presidente del Tribunal
Constitucional sera nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta
del mismo Tribunal en pleno y por un periodo de tres años.
Articulo 161
1. El Tribunal
Constitucional
tiene jurisdiccion en todo el territorio español y es competente
para conocer.
a) Del recurso de inconstitucionalidad
contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La
declaracion
de inconstitucionalidad de una norma juridica con rango de ley,
interpretada
por la jurisprudencia, afectara a esta, si bien la sentencia o
sentencias
recaidas no perderan el valor de cosa juzgada.
b) Del recurso de amparo
por violacion de los derechos y libertades referidos en el articulo
53,2,
de esta Constitucion, en los casos y formas que la ley establezca.
c) De los conflictos de competencia
entre el Estado y las Comunidades Autonomas o de los de estas entre si.
d) De las demas materias
que le atribuyan la Constitucion o las leyes organicas.
2. El Gobierno podra impugnar
ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones
adoptadas
por los organos de las Comunidades Autonomas. La impugnacion producira
la suspension de la disposicion o resolucion recurrida, pero el
Tribunal,
en su caso, debera ratificarla o levantarla en un plazo no superior a
cinco
meses.
Articulo 162
1. Estan legitimados:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Para interponer el recurso
de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del
Pueblo,
cincuenta Diputados, cincuenta Senadores, los organos colegiados
ejecutivos
de las Comunidades Autonomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.
b) Para interponer el recurso
de amparo, toda persona natural o juridica que invoque un interes
legitimo,
asi como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
2. En los demas casos, la
ley organica determinara las personas y organos legitimados.
Articulo 163
Cuando un organo judicial
considere, en algun proceso, que una norma con rango de ley, aplicable
al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la
Constitucion,
planteara la cuestion ante el Tribunal Constitucional en los supuestos,
en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningun caso
seran suspensivos.
Articulo 164
1. Las sentencias del
Tribunal
Constitucional se publicaran en el Boletin Oficial del Estado con los
votos
particulares, si los hubiere. Tienen el valor de cosa juzgada a partir
del dia siguiente de su publicacion y no cabe recurso alguno contra
ellas.
Las que declaren la inconstitucionalidad de una ley o de una norma con
fuerza de ley y todas las que no se limiten a la estimacion subjetiva
de
un derecho, tienen plenos efectos frente a todos.
2. Salvo que en el fallo
se disponga otra cosa, subsistira la vigencia de la ley en la parte no
afectada por la inconstitucionalidad.
Articulo 165
Una ley organica regulara
el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus
miembros,
el procedimiento ante el mismo y las condiciones para el ejercicio de
las
acciones.
TITULO X
DE LA REFORMA
CONSTITUCIONAL
Articulo 166
La iniciativa de reforma
constitucional se ejercera en los terminos previstos en los apartados 1
y 2 del articulo 87.
Articulo 167
1. Los proyectos de
reforma
constitucional deberan ser aprobados por una mayoria de tres quintos de
cada una de las Camaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se
intentara
obtenerlo mediante la creacion de una Comision de composicion paritaria
de Diputados y Senadores, que presentara un texto que sera votado por
el
Congreso y el Senado.chanrobles virtualawlibrary
2. De no lograrse la aprobacion
mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto
hubiere obtenido el voto favorable de la mayoria absoluta del Senado,
el
Congreso por mayoria de dos tercios podra aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por
las Cortes Generales, sera sometida a referendum para su ratificacion
cuando
asi lo soliciten, dentro de los quince dias siguientes a su aprobacion,
una decima parte de los miembros de cualquiera de las Camaras.
Articulo 168
1. Cuando se propusiere
la revision total de la Constitucion o una parcial que afecte al Titulo
Treliminar, al Capitulo II, Seccion primera del Titulo primero, o al
Titulo
II, se procedera a la aprobacion del principio por mayoria de dos
tercios
de cada Camara, y a la disolucion inmediata de las Cortes.
2. Las Camaras elegidas deberan
ratificar la decision y proceder al estudio del nuevo texto
constitucional,
que debera ser aprobado por mayoria de dos tercios de ambas Camaras.
3. Aprobada la reforma por
las Cortes Generales, sera sometida a referendum para su ratificacion.
Articulo 169
No podra iniciarse la
reforma
constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los
estados
previstos en el articulo 116.
DISPOSICIONES
ADICIONALES
Primera
La Constitucion ampara y
respeta los derechos historicos de los territorios forales.chanrobles virtualawlibrary
La actualizacion general
de dicho regimen foral se llevara a cabo, en su caso, en el marco de la
Constitucion y de los Estatutos de Autonomia.
Segunda
La declaracion de mayoria
de edad contenida en el articulo 12 de esta Constitucion no perjudica
las
situaciones amparadas por los derechos forales en el ambito del Derecho
privado.
Tercera
La modificacion del
regimen
economico y fiscal del archipielago canario requerira informe previo de
la Comunidad Autonoma o, en su caso, del organo provisional autonomico.
Cuarta
En las Comunidades
Autonomas
donde tengan su sede mas de una Audiencia Territorial, los Estatutos de
Autonomia respectivos podran mantener las existentes, distribuyendo las
competencias entre ellas, siempre de conformidad con lo previsto en la
ley organica del poder judicial y dentro de la unidad e independencia
de
este.
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Primera
En los territorios dotados
de un regimen provisional de autonomia, sus organos colegiados
superiores,
mediante acuerdo adoptado por la mayoria absoluta de sus miembros,
podran
sustituir la iniciativa que el apartado 2 del articulo 143 atribuye a
las
Diputaciones Provinciales o a los organos interinsulares
correspondientes.
Segunda
Los territorios que en el
pasado hubiesen plesbicitado afirmativamente proyectos de Estatuto de
autonomia
y cuenten, al tiempo de promulgarse esta Constitucion, con regimenes
provisionales
de autonomia, podran proceder inmediatamente en la forma que se preve
en
el apartado 2 del articulo 148, cuando asi lo acordaren, por mayoria
absoluta,
sus organos preautonomicos colegiados superiores, comunicandolo al
Gobierno.
El proyecto de Estatuto sera elaborado de acuerdo con lo establecido en
el articulo 151, numero 2, a convocatoria del organo colegiado
preautonomico.
Tercera
La iniciativa del proceso
autonomico por parte de las Corporaciones locales o de sus miembros,
prevista
en el apartado 2 del articulo 143, se entiende diferida, con todos sus
efectos, hasta la celebracion de las primeras elecciones locales una
vez
vigente la Constitucion.
Cuarta
1. En el caso de Navarra,
y a efectos de su incorporacion al Consejo General Vasco o al regimen
autonomico
vasco que le sustituya, en lugar de lo que establece el articulo 143 de
la Constitucion, la iniciativa corresponde al Organo Foral competente,
el cual adoptara su decision por mayoria de los miembros que lo
componen.
Para la validez de dicha iniciativa sera preciso, ademas, que la
decision
del Organo Foral competente sea ratificada por referendum expresamente
convocado al efecto, y aprobado por mayoria de los votos validos
emitidos.chanrobles virtualawlibrary
2. Si la iniciativa no prosperase,
solamente se podra reproducir la misma en distinto periodo de mandato
del
Organo Foral competente, y en todo caso cuando haya transcurrido el
plazo
minimo que establece el articulo 143.
Quinta
Las ciudades de Ceuta y
Melilla podran constituirse en Comunidades Autonomas si asi lo deciden
sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por la mayoria
absoluta de sus miembros y asi lo autorizan las Cortes Generales,
mediante
una ley organica, en los terminos previstos en el articulo 144.
Sexta
Cuando se remitieran a la
Comision de Constitucion del Congreso varios proyectos de estatuto, se
dictaminaran por el orden de entrada en aquella, y el plazo de dos
meses
a que se refiere el articulo 151 empezara a contar desde que la
Comision
termine el estudio del proyecto o proyectos de que sucesivamente haya
conocido.
Septima
Los organismos
provisionales
autonomicos se consideraran disueltos en los siguientes casos:chanroblesvirtuallawlibrary
a) Una vez constituidos
los organos que establezcan los Estatutos de autonomia aprobados
conforme
a esta Constitucion.b) En el supuesto de
que
la iniciativa del proceso autonomico no llegara a prosperar por no
cumplir
los requisitos previstos en el articulo 143.
c) Si el organismo no
hubiera
ejercido el derecho que le reconoce la disposicion transitoria primera
en el plazo de tres años.
Octava
1. Las Camaras que han
aprobado
la presente Constitucion asumiran, tras la entrada en vigor de la
misma,
las funciones y competencias que en ella se señalan,
respectivamente,
para el Congreso y el Senado, sin que en ningun caso su mandato se
extienda
mas alla del 15 de junio de 1981.chanrobles virtualawlibrary
2. A los efectos de lo establecido
en el articulo 99, la promulgacion de la Constitucion se considerara
como
supuesto constitucional en el que procede su aplicacion. A tal efecto,
a partir de la citada promulgacion se abrira un periodo de treinta dias
para la aplicacion de lo dispuesto en dicho articulo.
Durante este periodo, el
actual Presidente del Gobierno, que asumira las funciones y
competencias
que para dicho cargo establece la Constitucion, podra optar por
utilizar
la facultad que le reconoce el articulo 115 o dar paso, mediante la
dimision,
a la aplicacion de lo establecido en el articulo 99, quedando en este
ultimo
caso en la situacion prevista en el apartado 2 del articulo 101.
3. En caso de disolucion,
de acuerdo con lo previsto en el articulo 115 y si no se hubiera
desarrollado
legalmente lo previsto en los articulos 68 y 69, seran de aplicacion en
las elecciones las normas vigentes con anterioridad, con las solas
excepciones
de que en lo referente a ineligibilidades e imcompatibilidades se
aplicara
directamente lo previsto en el inciso segundo de la letra b) del
apartado
1 del articulo 70 de la Constitucion, asi como lo dispuesto en la misma
respecto a la edad para el voto y lo establecido en el articulo 69, 3.
Novena
A los tres años de
la eleccion por vez primera de los miembros del Tribunal Constitucional
se procedera por sorteo para la designacion de un grupo de cuatro
miembros
de la misma procedencia electiva que haya de cesar y renovarse. A estos
solos efectos se entenderan agrupados como miembros de la misma
procedencia
a los dos designados a propuesta del Gobierno y a los dos que proceden
de la formulada por el Consejo General del Poder Judicial. Del mismo
modo
se procedera transcurridos otros tres años entre los dos grupos
no afectados por el sorteo anterior. A partir de entonces se estara a
lo
establecido en el numero 3 del articulo 159.
DISPOSICION
DEROGATORIA
1. Queda derogada la Ley
1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Politica, asi como, en tanto en
cuanto no estuvieran ya derogadas por la anteriormente mencionada ley,
la de Principios Fundamentales del Movimiento de 17 de mayo de 1958, el
Fuero de los Españoles de 17 de julio de 1945, el del Trabajo de
9 de marzo de 1938, la Ley Constitutiva de las Cortes de 17 de julio de
1942, la Ley de Sucesion en la Jefatura del Estado de 26 de julio de
1947,
todas ellas modificadas por la Ley Organica del Estado de 10 de enero
de
1967 y en los mismos terminos esta ultima y la de Referendum Nacional
de
22 de octubre de 1945.chanrobles virtualawlibrary
2. En tanto en cuanto pudiera
conservar alguna vigencia, se considera definitivamente derogado el
Real
Decreto de 25 de octubre de 1839 en lo que pudiera afectar a las
provincias
de Alava, Guipuzcoa y Viscaya.
En los mismos terminos se
considera definitivamente derogada la Ley de 21 de julio de 1876.
3. Asimismo quedan derogadas
cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitucion.
DISPOSICION FINAL
Esta Constitucion entrara
en vigor el mismo dia de la publicacion de su texto oficial en el
Boletin
Oficial del Estado. Se publicara tambien en las demas lenguas de
España.chanrobles virtualawlibrary
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